Requisitos para Importar a España [Actualizado 2021]

Es un negocio potencialmente rentable en estos días, debido principalmente a cuestiones logísticas, o empresas que quieren reducir intermediarios. Pero no es tan fácil llevar a cabo los convenidos procesos y requisitos para importar a España, por ello, queremos ponerte al día de todos ellos para allanarte un poco el camino, repasando también los casos especiales, así como todo lo necesario para darse de alta como importador en España.

Principales requisitos para importar a España

Antes de nada, es imprescindible saber que no es lo mismo importar desde un país comunitario (UE), a un país extracomunitario. Veamos cada situación:

Desde países comunitarios

En este caso, importar desde países de la Unión Europea (UE) tiene el mismo carácter y mismos requisitos de importación que si adquiriéramos la mercancía en cualquier provincia española.

Desde países no comunitarios:

  • Certificado de origen: documento que informa exclusivamente del país donde ha sido producido.
  • Factura comercial: es el documento que contiene los datos de la compra y los detalles de la misma, expedida por la empresa distribuidora. Existen más tipos de facturas en una importación, pero ésta es la más relevante y común.
  • Albarán (packing list): debe contener detalles de los bultos, kg netos, kg brutos, fecha de carga, y, todos los datos del expedidor y del receptor.
  • Conocimiento de embarque (bill of lading): es el documento emitido por el
  • Transportista (aéreo o marítimo) que sirve para declarar que han recibido la mercancía a bordo. La denominación de este documento puede variar, o añadir más documentos, en el caso de que se emplee uno u otro medio de transporte.
  • Número EORI: número identificativo necesario para importar desde cualquier país de fuera de la UE. Puedes ver aquí qué es el EORI  y cómo conseguirlo.
  • Sello de la Comunidad Europea (CE): garantiza que puede admitirse la entrada al territorio europeo. No todos los productos lo exigen, pero es mejor asegurarse que dispone del mismo antes de importarlo.

Sin embargo, sí que será necesario darse de alta como importador en España, mediante una Licencia de Importación, sin importar el país de origen, cuando se trate de ciertas mercancías sensibles o que tienen restricciones de entrada. Además, en cualquiera de los casos vistos, será imprescindible una Declaración de valor (DV1), que indica el valor en aduana de la importación.

Requisitos para importar a España en casos concretos

Alimentos

En cualquier caso, es imprescindible la inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos. Para producto de origen vegetal las exigencias son más livianas, pero para productos de origen animal es imprescindible que en toda su cadena de obtención provenga de productores autorizados, desde el matadero, hasta la empresa distribuidora (si la hubiera), incluyendo también el país de origen, así como cumplir con los planes de emisión de residuos. También debe ir acompañado de un certificado SANIM para consumo de alimentos de cualquier tipo, y en el caso de productos vegetales y de pesca, debe incluir también un certificado AGRIM. Por último, si queremos importar animales y plantas silvestres, debemos disponer de un certificado CITES.

En el caso de que procediera de un país externo a la UE, debe cumplir con lo anterior y, además:

  • La mercancía de origen animal debe tener su procedencia en un país facultado por la UE
  • La mercancía de origen vegetal debe estar garantizada por un certificado fitosanitario (FITIN)
  • Por supuesto, estar acorde con los requisitos legislados de empaquetado y etiquetado en cualquiera de los casos.

Recomendamos que al importar productos nos aseguremos de que incluyen el certificado SOIVRE ya que es una garantía de la mercancía en materia de seguridad.

Oro

Es el caso más simple, sólo debe cumplir con la normativa aduanera al respecto.

Bebidas alcohólicas

Inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos, así como evidencia de haber pasado un examen sanitario para ciertos bienes de consumo humano.

Los productos que vengan ya envasados directos para ser vendidos deberán llevar un etiquetado y un tamaño acorde a lo estipulado en las normativas recogidas en los Reales Decretos 133471999 y 1472/1989, respectivamente.

Maquillaje y cosméticos

Debe contar con un informe técnico de la AEMPS (Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios), que certifique la empresa dispone de la estructura, recursos y capacidades que garanticen los estándares de calidad, conservación y manipulación de productos de tal categoría; sin embargo, sólo con la solicitud ya se puede empezar a importar, aunque deberá esperar a pasar la inspección técnica para obtener la licencia.